La información que se describe aquí no es exhaustiva, es solo con la intensión de dar un breve resumen, con el fin de dejar claro quién tiene derecho a obtener la nacionalidad portuguesa por atribución, por adquisición y recuperación, en referencia a la Ley Nacional Nº 37/81 de 3 de octubre, además de la legislación secundaria pertinente.
Acá usted podra encontrar una solución práctica a su caso. Cabe primero distinguir entre la nacionalidad por atribución y la nacionalidad por adquisición. La primera es en base al origen portugués y como tal está calificada en la Ley.
El habla es la segunda para el resto de situaciones, la adquisición de la nacionalidad. La concesión de la ciudadanía es una forma de adquisición original del portugués como nacional, cuyos efectos se relacionan con la fecha de nacimiento. La adquisición de la ciudadanía es una forma de adquisición derivativa, cuyos efectos se refieren a la fecha de concesión.
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